PROPIEDAD INTELECTUAL
Toda obra original artística, está protegida por la propiedad intelectual, que está integrada por una serie de derechos de carácter personal y patrimonial, que atribuyen al autor de una obra literaria, artística o científica, la plena disposición sobre ella y el derecho exclusivo a explotarla, sin más límites que los establecidos en la Ley.
Se considera autor, a la persona que crea alguna obra literaria, artística o científica. A él le pertenece la propiedad intelectual sobre la misma por el simple hecho de haberla creado, y como tal tiene dos tipos de derechos:
* los derechos de carácter personal, que son irrenunciables, pertenecen al autor durante toda su vida y a su fallecimiento, pasan a sus herederos, y
* los derechos de carácter patrimonial, que pueden estar relacionados con la explotación de la obra, o tratarse de derechos compensatorios.
Angela Fernández - Tu abogado en Málaga