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EL TRIBUNAL SUPREMO ELIMINA LAS PREFERENCIAS PARA CONCEDER LOS CHIRINGUITOS DE PLAYA

 

La Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de una particular y ha anulado la Disposición transitoria vigesimosexta del Real Decreto 876/2014, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas, donde se reconoce el derecho de preferencia en el otorgamiento de concesiones a quienes, cuando entró en vigor la Ley de Costas de 2013, tuvieran su actividad o instalación abierta. 

Para el Tribunal Supremo, ello vulnera los principios de igualdad de trato, proporcionalidad y jerarquía normativa por “beneficiar” a quienes tuvieran chiringuito abierto.

 

Angela Fernández - Tu abogado en Málaga