EL TRIBUNAL SUPREMO ELIMINA LAS PREFERENCIAS PARA CONCEDER LOS CHIRINGUITOS DE PLAYA
La Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de una particular y ha anulado la Disposición transitoria vigesimosexta del Real Decreto 876/2014, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas, donde se reconoce el derecho de preferencia en el otorgamiento de concesiones a quienes, cuando entró en vigor la Ley de Costas de 2013, tuvieran su actividad o instalación abierta.
Para el Tribunal Supremo, ello vulnera los principios de igualdad de trato, proporcionalidad y jerarquía normativa por “beneficiar” a quienes tuvieran chiringuito abierto.
Angela Fernández - Tu abogado en Málaga